Como saben, no podemos estar en el aula. Si hubiéramos tenido esa oportunidad, hoy hubiera comenzado la clase hablando sobre la fecha tan importante que hoy se conmemoró en todo el mundo: el Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor. A continuación, vamos a leer por qué se escogió este día para dicha celebración:
Día Mundial del Libro y del
Derecho de Autor
Aunque Argentina tiene una
fecha especial para celebrar el Día del Libro, a nivel mundial se celebra todos
los 23 de abril, en conmemoración a la muerte de Miguel de Cervantes, William
Shakespeare y el Inca Garcilaso de la Vega, los tres en el año 1616. Ellos se
transformaron en los pilares de la literatura universal. De hecho, es una
tradición anual comenzar la Feria del Libro de Buenos Aires durante esa misma
semana del año, donde escritores, editores, lectores y referentes de la
industria editorial se reúnen para compartir lo que más les apasiona: los
libros.
El antecedente en Argentina
Cuenta que el 15 de junio de
1908 se entregaron los premios de un concurso literario, organizado por el
entonces Consejo Nacional de Mujeres. Desde entonces, la biblioteca del
organismo tomó la iniciativa para que se celebrara “un día especial del año a la
recordación del libro como registro imperecedero del pensamiento y de la vida
de los individuos y las sociedades, y como vínculo indestructible de las
generaciones humanas de todas las razas, lenguas, creencias, etcétera”.
23 de abril y 15 de junio: el libro siempre
protagonista
Después de diversas
solicitudes, la biblioteca de aquel Consejo logró el reconocimiento esperado:
en 1924, por Decreto nacional del gobierno de Marcelo T. de Alvear, se declaró
oficialmente el 15 de junio como la “Fiesta del Libro”. Luego, en 1941 se
cambió la denominación por “Día del Libro”, la cual se mantiene hasta hoy, pero
conservando los mismos objetivos iniciales: fomentar la lectura entre las
comunidades de todo el país.
¿Qué son los derechos de autor?
Los derechos de autor son un
conjunto de principios y normas jurídicas que establecen los derechos morales,
patrimoniales y universales que tienen todos los autores de obras literarias,
científicas, musicales, artísticas o de carácter didáctico, por el simple hecho
de su creación, esté publicada o sea inédita.
En esta categoría también
están los creadores de programas informáticos, los anunciantes, publicistas,
productores de cine y demás disciplinas.
Está considerado como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos.
Una obra pasa al dominio
público cuando los derechos patrimoniales han expirado, y esto es habitualmente
cuando transcurrió el plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris).
El plazo mínimo, a nivel mundial, es de 50 años y está establecido en el
Convenio de Berna, aunque muchos países han extendido ese plazo ampliamente.
Fuente:
Ministerio de Cultura de Nación.

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